Siguiendo lo establecido en el art. 23 de los Estatutos de AEFIN y transcurrido el plazo estatutario desde la elección de la Junta Directiva actual se procede a convocar elecciones a la Junta Directiva de AEFIN con el siguiente calendario y procedimiento electoral:

Calendario Electoral:
Convocatoria de elecciones:……………………………………………………..….19 de abril.
Presentación de candidaturas:…………………………….. del 26 de abril al 28 de mayo.
Publicación provisional de candidaturas en la web de AEFIN:…….……….31 de mayo.
Reclamaciones a la publicación de candidaturas:……………….…… del 1 al 7 de junio.
Publicación definitiva de candidaturas en la web de AEFIN:….………..….. 14 de junio.
Votación: Asamblea General de AEFIN a celebrar en el “XXVIII Foro de Finanzas” coorganizado por Nova School of Business and Economics de Lisboa los días 30 de junio, 1 y 2 de julio de 2021.

Procedimiento Electoral:
1.Las candidaturas a presentar deberán tener un mínimo de 3 y un máximo de 8 candidatos para garantizar los límites de 3 y 12 miembroscontemplados en el art. 22 de los Estatutos, teniendo en cuenta que anualmente se incorporan a la Junta los Organizadores de los Foros deFinanzas.
2.Las candidaturas deberán remitirse por e-mail a la dirección electrónica de AEFIN: aefin@aefin.es.
3.Podrán presentarse como candidatos así como votar todos los asociados que estén al corriente del pago de sus cuotas y demás obligacionesestatutarias. Podrán votar los inscritos en el Foro de Finanzas a cuyo fin se anunciará tal posibilidad durante la celebración del Phd MentoringDay.
4.Siguiendo el artículo 23 de los Estatutos de AEFIN, la Junta Directiva saliente está obligada a presentar una candidatura si no lo hubieran hecholos socios en el calendario establecido.
5.La votación se realizará por sufragio electrónico directo y secreto mediante aplicación Adoodle.org o similar, a cuyo fin se remitirá al e-mail delvotante un correo electrónico que contiene papeleta de voto y dos enlaces, uno para votar y otro para mostrar los resultados de la votación. Esresponsabilidad del votante facilitar un e-mail válido y personal.
6.Las candidaturas podrán designar Los observadores recibirán un correo electrónico con un enlace para mostrar los resultados de la votación. Elobservador no podrá votar.
7.La Mesa Electoral que presidirá las elecciones y certificará el escrutinio estará compuesta por el Secretario de la Asociación o quien se designedel seno de la Junta Directiva y dos miembros de la Asamblea elegidos por sorteo de entre los asistentes al “XXVIII Foro de Finanzas”.
8.Si sólo existiera una candidatura quedará automáticamente proclamada, sin necesidad de votación.
9.Los candidatos podrán impugnar el resultado de las elecciones ante la Mesa electoral en el plazo de 72 horas. La Mesa electoral trasladará dichasimpugnaciones a la Asamblea General inmediatamente posterior decidiendo ésta.
10.En lo no previsto en estas normas se estará a lo contemplado en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.